Se pone en conocimiento de las personas interesadas que el día 15 de junio de 2022, a partir, probablemente, de las 15 horas se podrán consultar las calificaciones provisionales de las pruebas de acceso a Ciclos Formativos en la Secretaría Virtual de la Consejería competente en materia de educación.
Los días 16 y 17 de junio de 2022, ambos inclusive, si no está conforme con lo publicado en la relación provisional de calificaciones, puede presentar reclamación a la misma.
Las reclamaciones se cumplimentarán y presentarán, preferentemente, a través de la Secretaría Virtual de Centros de la Consejería con competencia en educación.
Información sobre las reclamaciones:
«Artículo 21. Reclamaciones.
1. Las personas interesadas, o sus padres, madres o tutores legales cuando sean menores de edad, podrán presentar reclamación ante la comisión de pruebas de acceso de la calificación obtenida en el plazo de dos días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación en el tablón de anuncios de la copia del acta de calificación.
2. La comisión de pruebas de acceso revisará los ejercicios realizados en la prueba objeto de reclamación y procederá a la resolución de las reclamaciones presentadas, en el plazo máximo de dos días hábiles contados desde la finalización del plazo de presentación de reclamaciones. La resolución de la comisión evaluadora deberá ser motivada, de acuerdo con los criterios de evaluación y calificación establecidos para cada uno de los ejercicios de la prueba. Dichas resoluciones deben quedar recogidas, en su caso, en el acta de calificación mediante las diligencias oportunas. Ese mismo día se hará pública en el tablón de anuncios del centro docente la ratificación o modificación de la calificación objeto de la reclamación.
3. En caso de que, tras el proceso de revisión ante la comisión de pruebas de acceso, persista el desacuerdo con la calificación recibida, la persona interesada o sus padres, madres o tutores legales cuando ésta sea menor de edad, podrán presentar recurso de alzada ante la persona titular de la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de educación en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.»